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¿Qué es el reparto de utilidades y por qué la empresa donde laboras debe dártelo?

¿Qué es el reparto de utilidades y por qué la empresa donde laboras debe dártelo?

Este de derecho lo tienen todos los trabajadores, pero existen algunas restricciones. Checa cuándo y cómo deben brindarte este reparto.

En los últimos días es muy común escuchar hablar sobre “el reparto de utilidades” pero,  ¿sabes de qué se trata?

De acuerdo al portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el reparto de utilidades es el derecho constitucional de los trabajadores para recibir una parte de las utilidades generadas en la empresa donde laboras; esto conforme a la Declaración Anual que presenta dicha empresa ante las autoridades fiscales.

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Así que podríamos decir que “es un pago por la participación laboral”, y está equivale a un porcentaje de las ganancias obtenidas durante un año por parte de una empresa.

¡Ojo!, no se trata de un monto fijo, sino de un cálculo que depende del monto de utilidades que haya determinado un patrón en su Declaración Anual.

Este corresponde por empleado se calcula según su salario base y los días efectivamente laborados sin incluir otros ingresos como tiempo extra, gratificaciones ni primas. Cuando el salario sea variable, se tomará como cuota diaria el promedio percibido en el año.

El reparto de utilidades es un derecho que todos los trabajadores que laboran en un servicio de un patrón. Aunque existen algunas restricciones, por lo que algunos no tienen derecho a esta, tales como: Directores, administradores, gerentes generales; socios y accionistas; trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días al año al que corresponda el año del pago de utilidades; y profesionistas, técnicos y otros que mediante el pago de honorarios presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado, y trabajadores domésticos.

De acuerdo al SAT, la obligación de la empresa se genera del 1 de abril al 30 de mayo tratándose de personas morales (empresas), y del 1 de mayo al 29 de junio si se trata de personas físicas.

En el caso de que la empresa o jefe se niegue a realizar el pago o no lo haga en tiempo y forma, el trabajador puede denunciar la irregularidad y reclamar su derecho ante las autoridades de la Inspección de trabajo a través del correo inspeccionfederal@stps.gob.mx indicando nombre, actividad y dirección de la empresa. También puedes consultar vía telefónica al 01 (55) 3000 27 00 extensiones 65388 o 65338.

En caso que no recibas esta prestación, tienes un año como plazo para el cobro de las utilidades, a partir del día siguiente en que se generó la obligación.

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