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Joven trabajadora en México. | Foto de jcomp vía freepik

Foto: Joven trabajadora en México. | Foto de jcomp vía freepik

¿Cuántas horas se deben trabajar por ley en México?

Estas son las horas de trabajo establecidas por ley en México según la jornada laboral en la que te encuentres.

¿Sabías que trabajar en exceso no es tan productivo? De acuerdo a un estudio llamado “The Productivity of Working Hours” realizado por la Universidad de Stanford e IZA, la productividad decrece drásticamente después de las 60 horas a la semana de trabajo y cae aún más si se superan las 55 horas. Otro estudio de la Organización Mundial de la Salud (OMS) reveló que trabajar más de 55 horas a la semana aumenta un 35% el riesgo de un accidente cerebrovascular, y 17% el riesgo de una enfermedad cardiaca, en comparación con quienes trabajan de 35 a 40 horas.

Recientemente ha habido discusiones sobre la jornada laboral en congresos legislativos a nivel mundial, incluso en Chile, se aprobó reducir la jornada laboral de 45 a 40 horas, convirtiéndose en el país latinoamericano con la jornada laboral más corta.

En el mes de abril de este año, este debate legislativo se extendió a nuestro país luego de una iniciativa presentada por un partido político, el cual propuso reducir las horas de trabajo a 35 horas a la semana, con la flexibilidad convenida de 4 días de trabajo y 3 de descanso. Aún no ha habido un cambio en este tema, pero seguramente seguiremos escuchando al respecto, así que es necesario mantenerse atento.

¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo en México?

Actualmente, en el Capítulo II Artículo 58 de la Ley Federal del Trabajo, se define como “jornada de trabajo” al tiempo en el cual la persona trabajadora se encuentra a disposición del patrón para presentar su trabajo. Ésta consiste en una jornada laboral de hasta 48 horas semanales, y puede ser acordada entre el patrón y el trabajador, siempre y cuando no se exceda el tiempo máximo legal.

¿Sabías que existen tres tipos de jornadas laborales?

Entre estas se encuentra la “Jornada Diurna”, la cual se realiza entre las 6:00 a las 20:00 horas a la semana o bien, 8 horas diarias; luego está la “Jornada Nocturna”, que corresponde al período entre las 20:00 a las 6:00 horas del día siguiente, que se traduce a 42 horas a la semana o 7 horas diarias; y la “Jornada Mixta”, que comprende períodos de tiempo de las dos anteriores, que son 45 horas a la semana o 7 horas y media diarias.

En esta última, siempre y cuando el tiempo dentro del horario nocturno no sea mayor a 3 horas y media, ya que, si excede este lapso, entonces se considerará jornada nocturna.

¿Cuánto dura una jornada diaria?

Como mencionamos anteriormente, el número de horas máximo que se labora según la ley, es de 48 horas, es decir, una jornada diaria de ocho horas y un día completo de descanso con salario completo.

Aunque, en algunas empresas privadas, servicios gubernamentales y el sector financiero, por mencionar algunos, es común laboral 40 horas a la semana, es decir 5 días de 8 horas diarias, y dos días de descanso; y hay modelos de trabajo en los que se labora de manera adicional medio día de trabajo el día sábado con un descanso completo en domingo.

Y también existen algunos trabajadores que, exceden este límite de 48 horas semanales, pese a lo que dice la ley. Según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) aproximadamente 5.1 millones de personas superar jornadas diarias de 11.2 horas laborables.

Así que, es importante que sepas que, según la ley del trabajo, sólo existen dos situaciones por las que un trabajador puede permanecer más horas en su lugar de trabajo. Esto lo puedes encontrar en el artículo 65 de esta, en la que se establecen “casos de riesgo, siniestro u otra situación que ponga en peligro la vida de un trabajador, patrón o la misma empresa”, a fin de cuidar su integridad; y en este caso se debe pagar por hora de acuerdo al salario regular.

¿Qué pasa con las horas extras?

En caso de trabajar horas extras, la ley también cuenta con detalles en sus artículos 66 y 68, además de que, en la misma Constitución Política del país, también habla sobre este tema en su artículo 123.

En estos artículos encontramos que, “en caso de una extensión por circunstancias especiales”, siempre y cuando no se sobrepasen 3 horas diarias o 9 por semana (como la urgencia por cumplir cierto proyecto u otro), se debe recibir una retribución.

Las horas extras corresponden a un 100% del salario por cada hora extendida, y en caso de exceder las 9 horas por semana, el patrón deberá pagar un 200% extra al salario.

En caso de haber trabajado horas extras previamente autorizadas y no recibir una retribución por ello, los trabajadores pueden acudir a una Junta de Conciliación y Arbitraje para exigir que se cumpla lo que establece la Ley del Trabajo y el artículo 123 de la Constitución.

¿Y los menores?

La ley también ampara a los menores de edad, por lo que, menciona que, los menores de 16 años no podrán tener jornadas de trabajo que excedan 6 horas diarias, mismas que se deben dividir en períodos máximos de 3 horas; y dentro de los distintos períodos de la jornada, deben disfrutar de reposos de una hora por lo menos.

Además, está prohibida la utilización del trabajo de los menores de 18 años, en horas extraordinarias y en los días domingos y de descanso obligatorio.

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