Información Adicional
        Grados a otorgar: 
Maestro en Ciencias
Requisitos de ingreso: 
1. Haber cubierto el 100% de los créditos de una licenciatura y de preferencia haberse 
titulado en cualquier especialidad química o afín a la química, a criterio del Comité 
Académico. En casos excepcionales aprobados por el Comité Académico, previa 
recomendación del Subcomité de Permanencia, Ingreso y Egreso a la Maestría, podrá 
considerarse el ingreso de estudiantes antes de haberse titulado o con menos del 100% 
de créditos de licenciatura, previo análisis de la situación particular. De ser el caso, se 
emitirán las recomendaciones pertinentes para asegurar el cumplimiento del tiempo 
completo o parcial del alumno, así como la viabilidad de que el estudiante concluya el 
ciclo profesional aún estando inscrito en el posgrado y señalando la conveniencia de que 
los alumnos obtengan el título de licenciatura. 
2. Aprobar un examen de conocimientos y una evaluación de aptitudes, según lo 
establecido en las normas operativas del Programa. Para fines de inscripción, la validez 
de la admisión será de dos años lectivos. El estudiante tendrá un máximo de dos 
oportunidades para presentar y aprobar el examen de admisión, después de las cuales 
no podrá volver a solicitar su ingreso. 
3. Demostrar conocimientos suficientes del idioma inglés, mediante la presentación de una 
constancia de traducción emitida por cualquier centro de idiomas de la UNAM o la 
presentación y aprobación del examen correspondiente que sea aplicado por el propio 
Programa de Maestría y Doctorado en Ciencias Químicas. 
4. Comprometerse a una dedicación de tiempo completo al Programa. En casos 
excepcionales y por razones fundadas, el alumno podrá ser de tiempo parcial. 
5. Recibir dictamen aprobatorio de suficiencia académica, otorgado por el Comité 
Académico, de acuerdo con el Artículo 7, inciso b del Reglamento General de Estudios 
de Posgrado. 
6. Demostrar un conocimiento suficiente del español, cuando no sea la lengua materna del 
aspirante, presentando la constancia correspondiente expedida por el Centro de 
Enseñanza para Extranjeros.
Requisitos de permanencia: 
1. Dedicar tiempo completo al programa. En casos particulares, debidamente 
fundamentados por el alumno y con aval de su tutor, el Comité Académico podrá aceptar 
la permanencia de tiempo parcial. El tutor será garante de la dedicación de tiempo 
completo o, en su caso, del tiempo parcial establecido para el alumno. Los alumnos de 
tiempo completo no podrán estar inscritos en otro programa escolarizado (salvo aquellos 
que no hayan aún cubierto el 100% de créditos de licenciatura y que haya autorizado el 
Comité Académico) ni involucrados en la realización de su tesis de licenciatura, salvo la 
escritura de la misma ni tener actividad económicamente remunerada por más de ocho 
horas a la semana. 
2. Cursar un mínimo de 12 créditos por semestre, excepto si el alumno está inscrito en 
las últimas actividades académicas del plan de estudios. 
3. Realizar satisfactoriamente las actividades académicas del plan de estudios que le 
sean asignadas por su tutor principal y, en su caso, por su comité tutelar. Contar con 
la evaluación semestral favorable de su tutor principal y, en su caso, de su comité 
tutelar. El Comité Académico determinará bajo qué condiciones puede un alumno 
continuar en la maestría cuando reciba una evaluación semestral desfavorable. Si el 
alumno recibe una segunda evaluación semestral desfavorable, será dado de baja del 
programa. En este último caso, el alumno podrá solicitar al Comité Académico la revisión 
de su situación académica. La resolución del Comité será definitiva. 
4. En ningún caso se concederán exámenes extraordinarios. El comité académico podrá 
establecer mecanismos alternos de evaluación cuando, por causas de fuerza mayor 
debidamente justificadas, un alumno no pueda asistir a los exámenes a que tiene 
derecho. Si un alumno se inscribe dos veces en una actividad académica sin acreditarla, 
será dado de baja del programa (Artículo 10 del RGEP). 
5. Cuando un alumno interrumpa sus estudios, el Comité Académico determinará en qué 
términos se podrá reincorporar al Programa. El tiempo total de inscripción efectiva no 
podrá exceder los límites establecidos en el RGEP. Concluidos los plazos para 
permanecer inscrito en un plan de maestría o doctorado y sólo con el fin de presentar el 
examen de grado, el Comité Académico podrá autorizar por una sola ocasión la 
reinscripción del alumno, previa opinión favorable del tutor principal y, en su caso, del 
comité tutelar (Artículo 11 del RGEP). 
6. La duración máxima prevista en el plan de estudios de maestría es de cuatro semestres 
para los alumnos de tiempo completo. En el caso de los alumnos de tiempo parcial, el 
Comité Académico podrá autorizar hasta dos semestres adicionales. La permanencia en 
los estudios se sujetará a los plazos que establecen los planes de estudio.