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Adecuación al RD 1215/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de los equipos de trabajo del centro COPITIG

Programa de Adecuación al RD 1215/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de los equipos de trabajo

Modalidad: Online

Descripción

Justificación

Las máquinas comercializadas y/o puestas en servicio a partir del 1 de enero de 1995 (fecha de aplicación obligatoria para máquinas del Real Decreto 1435/1992), deberán disponer de: marcado CE, declaración CE de conformidad y manual de instrucciones.

Por tanto, las máquinas adquiridas con anterioridad al 1 de enero de 1995, que no dispondrán ni de marcado CE, declaración de conformidad CE ni manual de instrucciones, se deberán adecuar a lo establecido en el Real Decreto 1215/1997.

Objetivos

Esta actividad formativa está dirigida a profesionales (en activo o en desempleo) y autónomos:

Que busquen insertarse en el mercado profesional en el área de la Seguridad Industrial.

Interesados en cambiar de empleo, ascender en su carrera o simplemente mejorar sus conocimientos en esta Normativa.

Perfil de destinatarios

Ingenieros Técnicos Industriales, Graduados en Ingeniería rama industrial, y en general cualquier Ingeniero.

Temario

Contenido

1. INTRODUCCIÓN

1.1 Marcado CE frente a la adaptación al RD 1215/97

1.2 Definiciones

1.3 Obligaciones en materia de formación e información

2. COMPROBACIONES DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO 

2.1 Inventario de equipos

2.2 Instalaciones y equipos sometidos a regulación específica

2.3 Comprobaciones de máquinas inventariadas según su fecha de fabricación

2.4 Comprobaciones de equipos de trabajo

3. PROCEDIMIENTO DE ADAPTACIÓN 

3.1 Adecuación de instalaciones y equipos sometidos a regulación específica

3.2 Adecuación de máquinas

3.3 Adecuación de equipos de trabajo

4. UTILIZACIÓN DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO ADAPTADOS Y APLICACIÓN DEL PLAN DE PUESTA EN CONFORMIDAD 

5. CASOS PRÁCTICOS: ADAPTACIÓN AL RD 1215/97 DE MAQUINARIA TÍPICA DE UN TALLER MECÁNICO

Información Adicional

Mínimo alumnos

Para que la acción formativa pueda llevarse a cabo se necesitará un número mínimo de 1 alumnos.

La matrícula se cerrará cuando se hayan alcanzado un número de 80 alumnos.

Nivel de profundidad

Nivel de profundidad 2

(Partiendo de la base de que todos los cursos están dirigidos a un perfil mínimo de Ingeniero, se valorará el curso que presenta con niveles de 1 a 3 de forma que el 1 significará que el curso es de carácter básico, 2 el curso es de carácter medio y 3 el curso es de carácter avanzado.)

 

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