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Oposición Administrativos de la Seguridad Social del centro Txpraza

Programa de Oposición Administrativos de la Seguridad Social

Modalidad: Online

Descripción

¡Es tu momento! Da el paso que te acerca a tu plaza en la Seguridad Social.

Prepárate con garantías y accede a todos los recursos clave para superar tu oposición con éxito.

A quién va dirigido

El programa está dirigido a personas interesadas en prepararse para las Oposiciones a Administrativo de la Seguridad Social.

Objetivos

El objetivo es preparar al candidato para superar las pruebas oficiales y obtener una plaza fija.

Temario

Incluye:

Temario General. El volumen desarrolla los temas 1 al 23 del temario general del Programa Oficial de la convocatoria 2024.

  • Temario Específico. El volumen desarrolla los temas 1 al 16 del temario específico del Programa Oficial de la convocatoria 2024.
  • Suscripción al campus Test&Cursos. Un año gratis y sin renovación, donde se accede a la plataforma online donde encontrarás Test por temas y Simulacros de Examen para ponerte a prueba antes de hacerlo de verdad. Podrás hacer miles de test al instante, desde móvil, tablet o PC.
  • Recibe cómodamente todo el material en menos de una semana a tu domicilio sin gastos de envío.

Titulación obtenida

Oposición Administrativos de la Seguridad Social.

Requisitos

Para acceder los interesados deben tener los siguientes requisitos:

1. Nacionalidad.

1.1. Tener la nacionalidad española.

1.2. También podrán participar, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles, con excepción de aquellos empleos públicos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas:

a) Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.

b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan.

2. Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

3. Edad: tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

Las bases específicas podrán exigir la edad mínima de dieciocho años para el acceso a los Cuerpos y Escalas que impliquen el ejercicio de autoridad o cuyas funciones supongan riesgo para la salud.

4. Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo o Escala al que se presenta. En el caso de las pruebas limitadas al acceso a una Especialidad de un Cuerpo o Escala, no tener previamente reconocida la misma.

En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

5. Titulación: estar en posesión del título de Bachiller o equivalente o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, según lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

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