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La portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, durante su intervención en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. | Foto: Pool Moncloa/Fernando Calvo

Foto: La portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, durante su intervención en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. | Foto: Pool Moncloa/Fernando Calvo

Así es el nuevo Real Decreto que cambia las oposiciones docentes para reducir el 23% de interinos en la educación

Educación aprueba el Real Decreto que regula el ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica el reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes.

El objetivo es pasar del 23% actual en el total de las Administraciones Educativas al 8% en un plazo de tres años.

Con esta modificación del Real Decreto, los interinos tendrán ventaja para conseguir la plaza durante tres años frente a los nuevos aspirantes que nunca han ejercido. La normativa limita el concurso de méritos a la estabilización de plazas estructurales ocupadas por interinos desde antes de 2016, mientras que las de reposición y nueva creación tendrán que ser por concurso oposición.

Dos vías de acceso

Así, existirán dos vías de acceso hacia el funcionariado:

– La primera, mediante un sistema de ingreso por concurso-oposición, que se dirige a plazas ocupadas por personal temporal en los tres años anteriores al 31 de diciembre de 2020.

– La segunda, mediante concurso excepcional de méritos para plazas ocupadas con carácter temporal con anterioridad al 1 de enero de 2016.

Proceso de concurso-oposición

Para el proceso del concurso-oposición, la fase de oposición constará de una prueba única dividida en dos partes no eliminatorias. La parte A consistirá en el desarrollo de un tema y la B en la presentación de una unidad didáctica de la especialidad. Además, también habrá una prueba práctica obligatoria para especialidades de FP y a elección de las Administraciones educativas para las restantes especialidades.

La calificación final de las partes A y B debe ser al menos un 5. Y la calificación final de esta oposición ponderará un 60%, mientras que la fase de concurso, con un máximo de 10 puntos, ponderará un 40% de la puntuación final. Así, la experiencia docente otorgará un máximo de 7 puntos y se primará la experiencia de la misma especialidad a la que se opta. Por su parte, con la formación académica se puede obtener un máximo de 2 puntos, mientras que otros méritos supondrán un máximo de un punto.

Dentro de los méritos se valorará haber superado la fase de oposición en la misma especialidad en procesos selectivos anteriores y también se tendrá en cuenta la formación permanente.

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Proceso de estabilización extraordinario

Por su parte, para el proceso de estabilización extraordinario, la puntuación máxima a la que se puede aspirar es de 15 puntos repartidos en tres bloques.

Con la experiencia docente se puede lograr un máximo de 7 puntos y se primará la experiencia en la misma especialidad en la que se opta. La formación académica puede otorgar un máximo de 3 puntos y otros méritos un máximo de 5. Primará la formación permanente y haber superado la fase de oposición en la misma especialidad en la que se opta en anteriores procesos selectivos.

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Voces discordantes

Sindicatos como UGT han mostrado su disconformidad, señalando que “se generan dos procedimientos diferentes para ingresar en los mismos cuerpos docentes”. También los aspirantes sin experiencia se muestran en desacuerdo con las modificaciones introducidas en el Real Decreto por considerar que les perjudica.

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