El Consejo de Ministros aprobó el viernes un Real Decreto que modifica el Reglamento de Retribuciones del Personal de las Fuerzas Armadas (Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre) en diversos artículos relacionados con el ámbito de aplicación, las retribuciones básicas o las de quienes eran militares de complemento a la entrada en vigor de
En el nuevo texto se incluyen, por tanto, las modificaciones normativas de
Entre las novedades destaca especialmente que las mujeres militares podrán solicitar una excedencia voluntaria por violencia de género, mediante la cual tendrán derecho a percibir durante los dos primeros meses el sueldo íntegro de su último destino.
Asimismo, el nuevo texto recoge que los militares de complemento, en el momento en que firmen el compromiso de larga duración, percibirán trienios de acuerdo con su grupo de adscripción. Además, aquellos que tengan entre 45 y 65 años, tendrían derecho a una asignación mensual cuando pasen a la condición de reservistas de especial disponibilidad, cantidad compatible con el trabajo remunerado. Si se trata de un candidato que no ha cumplido los 18 años de servicio a
Por otro lado, se establece una nueva prima para otorgar a aquellos que pasen a la reserva con carácter forzoso o consciente, es decir, conformidad de pasar a reserva con indemnización. Esta indemnización, tal y como expone el nuevo Real Decreto, se calculará en función del empleo y años de servicio, y se percibirá multiplicada por los años que resten de servicio hasta el paso obligatorio a la reserva. Por otro lado, la prima equivale en todo caso a la mitad de los que se deja de percibir por pasar a la reserva.
También se modifica la edad para mantener las retribuciones de activo sin destino que pasa de los
Por último, se adjudican dos nuevas competencias a
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Más información:
Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2008
Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar
Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público
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