En la actualidad, sólo una de cada tres personas que cuidan a dependientes posee una formación especializada en este ámbito. Por este motivo, el pleno del Consejo Territorial de
De esta forma, quien esté al frente de la dirección de un centro acreditado deberá contar con una titulación universitaria así como formación complementaria en el ámbito de la atención a la dependencia como discapacidad, geriatría, gerontología o dirección de centros residenciales.
Por su parte, los cuidadores, gerocultores o categorías profesionales similares, deberán acreditar la cualificación profesional en Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales, de Técnico en Cuidados Auxiliares en Enfermería o la de Técnico de Atención Sociosanitaria.
Asimismo, quienes realicen las funciones de asistencia personal a personas con gran dependencia, deberán acreditar la cualificación profesional de Atención a Personas en el Domicilio, el certificado de profesionalidad de Auxiliar de Ayuda a Domicilio o las titulaciones requeridas para los cuidadores y gerocultores.
Precisamente la cualificación de los profesionales será requisito imprescindible para que las comunidades autónomas acrediten a los centros y servicios en el Sistema de Dependencia. Junto a la capacitación, formación y número de profesionales, se valorará además la calidad de los recursos materiales, equipamiento y, por supuesto, la accesibilidad de los centros.
Umbrales de participación
Según los requisitos acordados ayer, quienes perciban una cantidad igual o inferior a 517 euros al mes (la cantidad que marca el IPREM, Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) no tendrá que sufragar ningún servicio.
Sin embargo, en el caso de aquellos que vivan con una cantidad superior serán las Comunidades Autónomas quienes fijen los índices de reducción, teniendo en cuenta que la prestación que reciba el beneficiario no podrá ser inferior al 40% de la cuantía establecida anualmente para la prestación económica vinculada al servicio y de asistencia personal, y del 75% para la de cuidados en el entorno familiar. Asimismo, la participación de los beneficiarios se realizará de forma progresiva en función de que vayan aumentando sus ingresos.
Por otro lado, el Consejo ha acordado que la vivienda habitual sólo compute en la capacidad económica del beneficiario en caso de que el servicio que reciba sea de atención residencial.
Por tanto, y en base a estos criterios acordados, la financiación dependerá de la capacidad económica del dependiente, el tipo de servicio que demande (residencia o atención personal a domicilio) y la comunidad en la que viva.
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Más información:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
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