El Ministerio del Interior ha dado luz verde a un total de 2.520 plazas para el ingreso en los centros docentes de formación de la Guardia Civil para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias.
El proceso de ingreso será de acceso directo mediante sistema de concurso-oposición en los centros docentes de formación. Los interesados tienen hasta el próximo 6 de septiembre para su inscripción.
>> Ver Cursos de Oposiciones a Guardia Civil.
Distribución de las plazas
Las plazas convocadas han quedado distribuidas de la siguiente manera:
– 1.008 plazas para militares profesionales de tropa y marinería de las Fuerzas Armadas que lleven como mínimo cinco años de servicios efectivos como tales y que no hayan finalizado su compromiso con las Fuerzas Armadas, en la fecha que finalice el plazo de admisión de instancias.
– 185 plazas para los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes.
– 1.327 plazas de acceso libre.
>> Ver Cursos de Oposiciones a Tropa y Marinería.
Según recogen las bases, las plazas reservadas para militares profesionales de tropa y marinería y alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes que no sean cubiertas se acumularán al cupo de plazas libres.
Requisitos de acceso a las plazas
Edad límite: 40 años.
Para acceder al proceso selectivo es necesario no superar los 40 años durante este año 2023, tener la nacionalidad española, no estar privado de los derechos civiles y no tener antecedentes penales.
Además, se exige cumplir alguno de estos requisitos a nivel académico:
– Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de un nivel académico superior.
– Haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial.
– También el curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado medio en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.
– Tener superada la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o de grado superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
– Estar en posesión de alguna de las titulaciones contempladas en el artículo 18 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio y estar en posesión del permiso de conducción de clase B.