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Coronavirus y derechos de los trabajadores: las dudas más frecuentes

Coronavirus y derechos de los trabajadores: las dudas más frecuentes

El coronavirus ha propiciado un nuevo escenario laboral en el que profesionales y empresas no tienen claro sus derechos, deberes y obligaciones.

El coronavirus está teniendo estos días un papel protagonista en nuestras conversaciones, especialmente con las últimas medidas tomadas por el Gobierno para contener el virus. Con el aumento de casos de personas infectadas o puestas en cuarentena surgen muchas dudas acerca de cómo actuar y cuáles son los derechos, los deberes y los límites que puede establecer el trabajador o la empresa.

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Según expertos consultados por la UOC, es recomendable que la empresa informe a sus trabajadores sobre las medidas de protección ante el COVID-19 a través de cartelería, fotografías o infografías, ya que tienen la obligación de velar por su seguridad. De la misma manera, el empleado tiene obligación de informar a la empresa acerca de un viaje a zonas de riesgo, llegando a ser causa de imposición de faltas o despido si no lo hace. En cambio, la empresa no puede obligar a un trabajador a viajar a una zona de riesgo. Si el empleado se niega a viajar no podría ser considerado una desobediencia sancionable.

La empresa no puede obligar a un trabajador a viajar a una zona de riesgo

Cualquier persona contagiada se considera de baja laboral, mientras que si está en aislamiento preventivo se considerará que está en situación de incapacidad temporal por enfermedad común. A este respecto, la empresa no puede hacer pública una lista de trabajadores afectados por el coronavirus, ya que no puede disponer de información relacionada con la salud de sus empleados, a menos que los trabajadores den su consentimiento.

De la misma manera, tampoco puede solicitar a un empleado que presente un comprobante medico para conocer si tiene el virus, ni puede despedirle por no aportar estos informes. 

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Teletrabajo, ¿sí o no?

El Ministerio de Trabajo ha solicitado a las empresas que paralicen la actividad si existe riesgo de contagio en el centro de trabajo y también se ha animado a las compañías a implementar el teletrabajo. Esto supone todo un reto para las empresas, ya que España es uno de los países europeos con menor tasa de teletrabajo. Implementar esta medida de urgencia sin experiencia previa puede ser complicado y costoso. Los expertos consideran que para implantar esta medida con éxito es necesario una planificación previa. En cualquier caso el teletrabajo no se puede imponer, ya que es una medida que debe ser acordada entre el trabajador y la empresa. 

Paralizar la actividad laboral

Si las autoridades sanitarias consideran que el trabajador debe estar aislado, el profesional debe cumplirlo. Sin embargo, si la empresa no puede asignar trabajo al empleado, puede que este no reciba su salario, ya que se considera la situación como “causa catastrófica o de fuerza mayor”. La compañía podría paralizar la actividad laboral, iniciar un despido colectivo, o bien reducir o suspender contratos por este motivo. 

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