Todos los alumnos universitarios de grado, máster, doctorado, diploma de especialización o diploma de experto, y los estudiantes de FP que estén realizando prácticas formativas o académicas externas incluidas en programas de formación cotizarán a la Seguridad Social desde el 1 de enero, independientemente de si son remuneradas o no.
Esta medida beneficia a los jóvenes que, con su cotización, verán reconocido su tiempo cotizado a efectos de una futura pensión, al tiempo que les protege en caso de accidente en el tiempo de realización de sus prácticas. Así lo expone la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones en su revista de Seguridad Social.
Acción protectora
Los estudiantes quedarán comprendidos como asimilados a trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social, aunque si las prácticas se realizan a bordo de embarcaciones quedarán incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
La acción protectora será la correspondiente al régimen de Seguridad Social aplicable, con la exclusión de la protección por desempleo, de la cobertura del Fondo de Garantía Salarial y por Formación Profesional. Si las prácticas no son remuneradas se excluirá también la protección por la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.
Prestaciones
En cuanto a prestaciones se refiere, la base mensual de cotización aplicable será el resultado de multiplicar la base mínima del grupo 8 de cotización del Régimen General de la Seguridad Social (38,89 €/mes en 202) por el número de días que se han llevado a cabo las prácticas formativas, estableciéndose como límite el importe de la base mínima de cotización del grupo 7 de cotización del Régimen General de la Seguridad Social.
Así, cada día de prácticas formativas no remuneradas será considerado como 1,61 días cotizados, sin que pueda sobrepasarse el número de días del mes correspondiente. Las fracciones de día que pudieran resultar del coeficiente anterior se computaran como un día completo.
Bonificación en las cuotas
Esta medida contará con una amplia bonificación en las cuotas a la Seguridad Social que alcanzará una reducción del 95% en la cotización por contingencias comunes. Además, en el en el caso de los estudiantes de FP, el 5% restante lo asumirá el Ministerio de Educación. En este sentido, y a falta de la aprobación definitiva de las nuevas cuotas a la Seguridad Social de 2024, el coste a la Seguridad Social para las empresas será de entre los 9 euros y los 10 euros mensuales por alumno.
El sujeto que se haga cargo de la cotización deberá dar de alta y baja al alumno en la Seguridad Social hasta diez días antes y después de que inicie y acabe las prácticas. También solicitará la asignación de un código de cuenta de cotización para estos alumnos.
El plazo reglamentario de ingreso de las cuotas correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo será abril. El de las cuotas correspondientes a los meses de abril, mayo y junio, será julio. El de las cuotas correspondientes a los meses de julio, agosto y septiembre, será octubre. Y el de las cuotas correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre, será enero.
Antiguos becarios
En cuanto a los antiguos becarios, se recoge la opción de suscribir un convenio especial que posibilite el cómputo de la cotización de las prácticas no laborales y académicas realizadas antes de la entrada en vigor de la normal, por un máximo de cinco años.
La Administración ya ha manifestado que tiene previsto a cabo planes específicos para la erradicación del fraude a la Seguridad Social asociado a las prácticas formativas que encubren puestos de trabajo.
🚨➡️ Desde el 1 de enero, todos los #becarios tienen una protección mayor por la #SeguridadSocial
📚💼 Los alumnos universitarios y de formación profesional que realicen #prácticas (remuneradas o no) cotizarán a la Seguridad Social
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— Revista de la Seguridad Social (@RvstaSegSocial) December 27, 2023