|
Personal laboral
Requisitos
• Tener cumplidos 18 años.
• Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional I Grado o equivalente con arreglo a legislación vigente del Ministerio de Educación.
• No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas que le incapacite para el normal desempeño de las tareas.
• Tener la nacionalidad española o de alguno de los países miembros de la Unión Europea.
• No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
• Residentes en España.
Funciones:
Tareas de atención al público, informando sobre cuestiones relacionadas con el Negociado, Sección o Departamento al que estén adscritos, así como sobre el estado de tramitación de los expedientes, de acuerdo con las instrucciones recibidas del superior jerárquico.
Tareas de vigilancia y custodia interior de oficinas.
Registro y archivo de documentos y expedientes de la Unidad Administrativa.
Misiones de Conserje, Ujier, Ordenanza, Alguacil, Portero u otras análogas en edificios y servicios de la Corporación.
Para el personal de oficios, todas las labores propias del oficio del que se trate.
|