Las bonificaciones para formación continua ascenderán a 701,4 millones de euros
Según ha comunicado a principios de este mes el Ministerio de Trabajo, la dotación prevista para este año permitirá formar a 2.000.000 de trabajadores. Las acciones formativas iniciadas por las empresas a partir del 1 de enero de 2004 serán bonificadas. Está claro que el gobierno tiene prisa por poner en pleno funcionamiento el nuevo Subsistema de Formación Continua.
Comunicado del Mº de Trabajo - Redacción Aprendemas - 18/03/2004
El Bolet?n Oficial del Estado de 1 de marzo ha publicado una Orden Ministerial que desarrolla el Real Decreto por el que se regula el Subsistema de Formaci?n Continua. Dicha Orden, entr? en vigor a partir del 2 de marzo, refiri?ndose a la financiaci?n p?blica de las acciones de formaci?n continua en las empresas, incluidos los permisos individuales de formaci?n.
Por tanto, todas las empresas que desarrollen formaci?n para sus trabajadores dispondr?n de un cr?dito para la formaci?n que se har? efectivo mediante la aplicaci?n de bonificaciones a la Seguridad Social. Adem?s, las acciones formativas que se hayan iniciado a partir del 1 de enero de 2004, ser?n bonificadas. El presupuesto en bonificaciones para el a?o 2004 es de 701,4 millones de euros. Prev? el Gobierno en funciones que, de ser utilizada en su totalidad dicha cantidad, podr?an formarse 2.000.000 de trabajadores.
Este nuevo modelo de financiaci?n se ha dise?ando con la idea de ofrecer a las empresas seguridad jur?dica y transparencia sobre las ayudas p?blicas. En concreto, delo que se tarta es de poder conocer desde el primer d?a del a?o el cr?dito del que disponen para la formaci?n de sus trabajadores. Con la puesta en marcha de esta iniciativa el modelo de gesti?n se espera que sea m?s ?gil y transparente, lo que permitir? a las empresas planificar y realizar la formaci?n cuando la necesiten, y facilitar? el acceso de las PYMES a la formaci?n continua.
Delimitando la Formaci?n Continua
Las acciones formativas son aquellas que est?n relacionadas con el objeto social o la actividad de la empresa. Tambi?n se considera formaci?n continua cualquier acci?n de car?cter general, dirigida a proporcionar competencias profesionales transferibles a otras empresas. Se trata, por tanto, de formar a los trabajadores en lo que m?s necesiten. Asimismo, el objetivo es que cada empresa, sea cual sea su tama?o, actividad o ubicaci?n pueda elegir qu? formaci?n quiere hacer, con qu? contenidos, c?mo y cu?ndo la hace, y si la presta de forma directa o en centros especializados. Estas acciones, adem?s, incluyen el permiso que una empresa podr? conceder a un trabajador para recibir, en horario de trabajo, una formaci?n que mejore su capacitaci?n personal y profesional.
Son las empresas las que conocen su cr?dito y lo gestionan
Todas las empresas que desarrollen formaci?n para sus trabajadores y que coticen por la contingencia de formaci?n profesional, tienen derecho a bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social. La cuant?a que podr? deducirse o "cr?dito de formaci?n continua", resultar? de aplicar a la cuant?a ingresada por la empresa en concepto de formaci?n profesional durante el ejercicio anterior, el porcentaje de bonificaci?n que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, en funci?n del tama?o de la empresa. As?, la bonificaci?n ser? mayor cuanto menor sea el tama?o de la empresa. Para las empresas de 1 a 5 trabajadores en lugar de porcentaje se garantiza un cr?dito de bonificaci?n por empresa.
En el a?o 2004 los porcentajes de bonificaciones son los siguientes:
? Empresas de 6 a 9 trabajadores 90%
? De 10 a 49 trabajadores 65%
? De 50 a 249 trabajadores 52,5%
? De 250 o m?s trabajadores 42,5%
Las empresas de 1 a 5 trabajadores dispondr?n de un cr?dito de formaci?n de 350 euros, con el siguiente alcance temporal:
? Para las de 1 y 2 trabajadores, dicho cr?dito se asigna para un periodo de tres y dos a?os, respectivamente, a contar desde el 1 de enero de 2004.
? Para las de 3 a 5 trabajadores, el cr?dito ser? anual.
Para que las empresas puedan disfrutar de bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social es necesario:
? Informar previamente a la representaci?n legal de los trabajadores.
? Comunicar a la Fundaci?n Estatal para la Formaci?n en el Empleo el inicio de la formaci?n, con una antelaci?n de 15 d?as.
? Realizar la formaci?n.
? Comunicar a la Fundaci?n que la formaci?n ha terminado, antes de que finalice el plazo de presentaci?n del Bolet?n de Cotizaci?n en el que aparezcan reflejadas las correspondientes bonificaciones.
Las empresas pueden agruparse para organizar y gestionar de forma conjunta la formaci?n de los trabajadores. Adem?s, una de ellas puede ser la encargada de organizar la formaci?n o bien se pude recurrir a una entidad encargada de impartir formaci?n.
Estos son, a grandes rasgos, los fundamentos del nuevo modelo de Formaci?n Continua. Cierto es que muchas empresas a?n no alcanzan a entender toda la dimensi?n y las consecuencias que estos cambios supone para el sistema productivo, para los empleados y para sus propias estructuras. Un contratiempo ?ste que puede poner en peligro el correcto funcionamiento del modelo y, sobretodo, hacer que muchas empresas no lleven a cabo acciones formativas entre sus empleados, simplemente por ignorancia.
Por eso, el Gobierno est? llevando a cabo un plan de comunicaci?n y divulgaci?n que ha dado en llamar ?Plan Amigo?. Entre sus acciones m?s destacadas hay que citar la puesta en marcha desde el 16 de marzo de una serie de Jornadas T?cnicas en distintas ciudades espa?olas para conocer las iniciativas de Formaci?n Continua y las nuevas formas de acceso a la formaci?n para las empresas y trabajadores. El organismo encargado de llevar a cabo estas acciones es la Fundaci?n Tripartita para la Formaci?n en el Empleo.
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Enlaces de inter?s:
Web Oficial del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Web Oficial de la Fundaci?n Tripartita para la Formaci?n en el Empleo
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